La presunta conducta investigada por la entidad se habría registrado en seis procesos de contratación en el Cauca, que involucra a las asociaciones Asipcom, Asopopayán Y Asotambo y a 5 personas naturales más.
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La entidad explicó que entre las medidas adoptadas se solicitó que ambas compañías deben reembolsar el dinero a las personas afectas por la suspensión de operaciones aéreas.
[FOTOS] La Superintendencia de Industria y Comercio aclara también, que las reclamaciones administrativas (quejas y denuncias) relacionadas con esta empresa, deberán ser dirigidas a la Superintendencia de Puertos y Transporte, entidad que tiene la competencia para defender los derechos de los consumidores y usuarios del sector transporte.
Más de 300 mil ciudadanos presentaron sus quejas por lo que sería una violación a sus derechos como consumidores. La región andina registró 177.826 colombianos atendidos, representando el 59%. Luego la región caribe con 74.183 atenciones (24%) y la región pacífica con 31.874 (10%).
El incumplimiento de la garantía legal, el no brindar información clara, veraz, oportuna de los bienes y servicios ofrecidos e incumplir con el régimen de promociones y ofertas son algunos de los factores que motivaron la sanción. Además, Superindustria pudo establecer que incumplían con los tiempos de entrega de los productos.
En caso de comprobarse que con esta conducta las empresas investigadas violaron el régimen de la libre competencia, estas compañías podrían ser multadas por parte de la SIC hasta por 100.000 salarios mínimos, o hasta por el 20% de su patrimonio, o hasta con el 20% de sus ingresos operacionales.
La Superintendencia de Industria y Comercio estableció que en la difusión de las piezas publicitarias de la oferta “Netflix Y Amazon Prime, incluido en planes a partir de $75.990 y $99.990”, Movistar omitió información relevante en relación con las condiciones y requisitos adicionales para acceder a estas aplicaciones.
La SuperIndustria solicitó explicaciones a la compañía multinacional porque el producto Mezcla “Maní Salado, Almendras y Marañones” no tiene marañones.
De acuerdo con el Centro Financiero Internacional de Dubái, el marco regulatorio colombiano en materia de protección de Datos Personales, se alinea con la ley aplicada en este organismo, lo que hace equivalente la protección de transmisiones entre las jurisdicciones.
Frente a la lista de precios, las disposiciones rigen desde el pasado 5 de septiembre, mientras que respecto a la propina regirán a partir del 5 de noviembre de 2022. El incumplimiento de estas disposiciones podría causar la imposición de multas hasta por 2.000 SMMLV.