El juez instructor del caso, Alexandre de Moraes, determinó que el expresidente brasileño cumpla la pena en la Superintendencia de la Policía Federal de Brasilia, donde se encuentra desde el sábado de forma preventiva.


El juez instructor del caso, Alexandre de Moraes, determinó que el expresidente brasileño cumpla la pena en la Superintendencia de la Policía Federal de Brasilia, donde se encuentra desde el sábado de forma preventiva.
Al condenado también le fue impuesta la inhabilitación de derechos y funciones públicas por el delito de fraude en inscripción de cédulas en el proceso electoral de 2015. Se le concedió prisión domiciliaria.
En juicio se demostró que interpretó sin autorización canciones de una agrupación musical a la que perteneció. El fallo de primera instancia también le impuso a Velásquez Díaz una multa aproximada a $20.800.000. Además, le concedió la suspensión condicional de la pena y estableció un período de prueba de 48 meses.
La Constitución brasileña no permite extraditar a sus ciudadanos, por lo que Italia pidió entonces que el condenado cumpliera la pena en el país sudamericano, algo que el Tribunal Superior de Justicia aceptó por amplia mayoría esta semana.
En una oportunidad el implicado trató de herir a la víctima con un arma cortopunzante. La Fiscalía lo acusó por el delito de violencia intrafamiliar agravada.
La Corte le negó a Bernardo Moreno la condena de ejecución condicional y la prisión domiciliaria. En consecuencia, ordenó librar la orden de captura en su contra, la cual se hará efectiva una vez la sentencia quede en firme.
Dairo Antonio Úsuga David era el líder del “Clan del Golfo”. El fiscal general Merrick Garland consideró que esta sentencia envía un “mensaje claro” de que el Departamento de Justicia encontrará y responsabilizará a los líderes de las organizaciones narcotraficantes.
Los hechos que motivaron la sentencia ocurrieron en una casa cural de Villa de Leyva, el 15 de diciembre de 2014. La decisión es de primera instancia y en su contra proceden los recursos de ley.
La víctima, de nacionalidad venezolana, fue atacada con arma blanca porque invitó a un grupo de barristas a ingresar a un establecimiento de comercio donde laboraba.
La Fiscalía demostró en juicio que alias Chaco usó una empresa de lácteos para ocultar dineros ilícitos y utilizar los recursos producto de la venta de queso para cubrir económicamente actos terroristas.