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Se acaba diciembre y sigue el pico y cédula para renovar licencias de conducción en Colombia

Personas cuyo documento de identidad terminen en 1 y 2 tienen la posibilidad de renovar su licencia hasta diciembre de 2022. Esto con el fin de evitar un colapso en el servicio de los Centros de Reconocimiento de Conductores (CRC) y traumatismos en los trámites que se deben realizar ante RUNT.

Con el fin de evitar un colapso en el servicio de los Centros de Reconocimiento de Conductores (CRC) y traumatismos en los trámites que se deben realizar ante RUNT, se implementó desde noviembre de 2022 hasta el 20 junio de 2023 el pico y cédula para la renovación de las licencias de conducción en Colombia.

De acuerdo con lo dispuesto por el Ministerio de Transporte, el pico y cédula para la renovación de la licencia de conducción quedó dispuesto de la siguiente manera: Personas cuyo documento de identidad terminen en 1 y 2 tienen la posibilidad de renovar su licencia en noviembre y diciembre de 2022. Así mismo, para las cédulas terminadas en 3, 4 y 5 los meses para renovación son enero y febrero de 2023. Durante marzo y abril de 2023 está estipulada la renovación para los colombianos cuya cédula termine en 6 y 7. Finalmente, en mayo de 2023 pueden realizar este trámite las personas con documento de identidad terminado en 8 y 9, mientras que para las cédulas terminadas en 0 será entre el 1 y el 20 de junio de 2023.

 “Tras lo indicado por el Ministerio de Transporte, en la que se dispone de un pico y placa para la renovación de las licencias de conducción, invitamos a los conductores particulares y de servicio público a que agilicen el su proceso de renovación de manera segura a través de MiLicencia.co, página web en la que se puede realizar la compra de pines para los exámenes médicos y para realizar los cursos de conducción”, cuenta Daniel Medina, CEO de Olimpia IT.

Finalmente, es importante destacar que para el proceso de renovación hay que tener en cuenta la edad del conductor y la categoría de la licencia. Para las personas mayores de 80 años es necesaria la renovación cada año, sin importar la categoría de la licencia. Para mayores de 60 años y menores de 80, deben actualizar el documento cada 5 años, para servicio particular (A o B), y cada año para servicio público. Finalmente, los mayores de 18 años y menores de 60, deben renovar la licencia cada 10 años, para servicio particular (A o B), y cada 3 años para servicio público.

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Se aclara que no es de carácter obligatorio asistir en los meses en los que el último digito de su cedula se encuentra, pero el tiempo de respuesta puede ser demorado. 

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