La Superintendencia de Industria y Comercio, en su rol de autoridad nacional de protección de datos personales, sancionó a la empresa RAPPI S.A.S. con una multa de Quinientos Millones Trescientos Veinticuatro Mil Doscientos Cuarenta pesos ($500.324.240) por no dar respuesta oportuna a múltiples peticiones de un titular de suprimir sus datos personales, ni haber obtenido su autorización previa y reincidir en esta conducta.
La decisión se tomó a través de la Resolución 67775 de octubre de 2021, la cual tuvo origen en una denuncia de un ciudadano quien solicitó a Rappi S.A.S. en cuatro oportunidades, que no le siguieran enviado correos comerciales. Adicionalmente, durante el curso de la investigación se pudo establecer que esta compañía no contaba con la autorización previa y expresa del titular para poder usar los datos del ciudadano con fines de publicidad o mercadeo.
La Superintendencia de Industria y Comercio recordó que los derechos de las personas deben garantizarse de manera oportuna y eficaz. La ley exige a los Responsables del Tratamiento de Datos responder dentro de un plazo concreto y no los faculta para hacerlo discrecionalmente. Los ciudadanos no deben ser sometidos a cargas adicionales por parte de los responsables del uso de datos, máxime cuando estos como titulares no han otorgado su consentimiento sobre su uso, ni desean ser contactados ni molestados con fines comerciales.
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Esta no es la primera multa que se le impone a Rappi S.A.S por esta infracción, ya que se logró establecer que en el año 2019 también se le había impuesto una sanción por $298.121.760 cuando otro ciudadano le solicitó a ese comercio electrónico abstenerse de usar su información, así como que no le enviará correos o mensajes de datos para fines comerciales o de mercadeo.
La SIC ha emitido guías y recomendaciones, e imparte capacitaciones gratuitas destinadas a diferentes industrias para implementar buenas prácticas en el uso de datos personales, y así evitar sanciones por la reincidencia en estas conductas que vulneran un derecho fundamental.
Contra la decisión proceden los recursos de reposición y apelación.
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