La Sala de Reconocimiento de la Jurisdicción Especial para la Paz les imputó a ocho miembros del antiguo Secretariado de las extintas Farc-EP, crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra dentro del Caso 01, ahora denominado “Toma de rehenes y otras privaciones graves de la libertad.”.
“Con esta providencia que emitimos hoy comienza la producción de decisiones de fondo en la Jurisdicción Especial para la Paz”, afirmó el magistrado Eduardo Cifuentes, presidente de la JEP, quien añadió “La JEP tiene el deber de ofrecer verdad a las víctimas y en este caso 01 estamos trabajando por esa tarea de capturar esa verdad para las víctimas”.
“Si después de los 30 días de la emisión de este auto los miembros del secretariado de las Farc-Ep reconocen los cargos se abre el camino de las sanciones propias. Si no lo hacen, ellos se exponen a la imposición de sanciones de prisión de hasta de 20 años”, explicó el magistrado Cifuentes.
Por su parte la magistrada Julieta Lemaitre, de la Sala de Reconocimiento de la JEP afirmó que “El antiguo secretariado de las Farc-Ep tiene responsabilidad por el crimen de lesa humanidad de privaciones graves de la libertad y el crimen de guerra de toma de rehenes”. “También tiene responsabilidad de otros crímenes de guerra y de lesa humanidad cometidos en relación con los secuestros como homicidio, desaparición forzada, torturas, tratos crueles, violencia sexual y desplazamiento forzado” y aclaró que “La Sala de Reconocimiento estableció la responsabilidad de los antiguos miembros del Secretariado de las Farc-EP por las órdenes de secuestrar que dieron, así como por su omisión de control de los malos tratos que padecieron las víctimas”.
Los responsables de estos hechos son:
- Rodrigo Londoño Echeverry, conocido como “Timochenko”
- Pablo Catatumbo Victoria
- Pastor Lisandro Alape Lascarro, conocido como “Pastor Alape”
- Milton de Jesús Toncel más conocido como “Joaquín Gómez”
- Juan Hermilo Cabrera Díaz, conocido como “Bertulfo Álvarez”
- Jaime Alberto Parra, conocido como “Mauricio Jaramillo” alias “El Médico”
- Julián Gallo Cubillos, conocido como conocido como “Carlos Antonio Lozada”
- Rodrigo Granda Escobar, alias “Ricardo Téllez”.
Este es el primer Auto de Determinación de Hechos y Conductas de la Jurisdicción, que es la antesala a la Resolución de Conclusiones y los juicios ante el Tribunal para la Paz.
La responsabilidad individual varía según los cargos de mando asumidos durante el conflicto armado. Los comparecientes que no reconozcan su responsabilidad individual podrán ser condenados hasta a 20 años de cárcel.
“A esta decisión sobre el Secretariado se sumarán en el año otras decisiones en las que se determinará la responsabilidad de los mandos medios y los ejecutores directos” expresó la magistrada Lemaitre.
Lo que viene para las víctimas y victimarios
“Los antiguos miembros del Secretariado de las extintas Farc-EP tienen 30 días hábiles para reconocer los hechos y conductas o rechazar las imputaciones hechas. También pueden reaccionar aportando argumentos o evidencia adicional” dijo la magistrada de la JEP, Julieta Lemaitre y añadió “Las víctimas acreditadas y el Ministerio Público tienen el mismo plazo para reaccionar frente a lo determinado en el Auto”. “Al terminar el periodo de 30 días hábiles, y recibir la respuesta de los comparecientes, la JEP decidirá si fija una fecha para una Audiencia de Reconocimiento, al considerar que hay reconocimiento y aporte a la verdad plena”. “Si los comparecientes niegan su responsabilidad, se remitirá el caso a la Unidad de Investigación y Acusación