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¿Puedo llevar a mi hijo al psicólogo sin la necesidad de tener la aprobación del otro progenitor?

El abogado experto de Derecho de Familia Jimmy Jiménez, nos explica cómo manejar este tema con los menores y nos recuerda algunos de los derechos fundamentales de los niños.

A raíz de la pandemia se ha resaltado la importancia de proteger la salud mental a través de expertos en psicología, pues este ha sido un factor desencadenante de trastornos de ánimo y ansiosos en la sociedad. Los niños, niñas y adolescentes no han sido la excepción en este caso, es por eso que algunos padres toman la decisión de asistir con sus hijos a una consulta psicológica, pero, ¿es posible llevar a su hijo al psicólogo sin la necesidad de tener la aprobación del otro progenitor?

Según un estudio realizado por el DANE en el 2021, el 41,2% de los encuestados entre 10 y 24 años aseguró sufrir de preocupación o nerviosismo, lo que aumentaría los índices de depresión y ansiedad en esta población.

El abogado experto de Derecho de Familia Jimmy Jiménez, nos explica cómo manejar este tema con los menores, y refiere que: “Efectivamente, si un progenitor evidencia que su NNA requiere atención, puede acudir a los servicios de salud que considere necesarios en pro del bienestar de su hijo. Recordemos que la salud mental es un derecho fundamental (Ley 1616 de 2013). Por ello un padre que busca proteger todos los derechos de sus hijos, podría buscarle acompañamiento psicológico”.

Nuestra constitución en su Artículo 44 indica que “Son derechos fundamentales de los niños: la vida, la integridad física, la salud y la seguridad social, la alimentación equilibrada, su nombre y nacionalidad, tener una familia y no ser separados de ella, el cuidado y amor, la educación y la cultura, la recreación y la libre expresión de su opinión” y por su parte el artículo 24 del código de infancia y adolescencia indica: “Los niños, las niñas y los adolescentes tienen derecho a los alimentos y demás medios para su desarrollo físico, psicológico, espiritual, moral, cultural y social…”. Es por ello que los padres deben velar por salvaguardar todos los derechos de sus hijos.

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Sin embargo, es importante mencionar que acá lo que siempre prevalece es el bienestar del niño o niña por sobre todas las cosas, es por eso que “cualquier progenitor que tenga interés en prevenir una evidente vulneración de los derechos de sus hijos, podrá solicitar verificación de sus derechos ante el ICBF, quienes definirán si existe o no vulneración.”, finaliza Jimmy Jiménez.

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