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Explotación sexual infantil en Colombia: ¿Cómo actúa la ley y qué pasa con los menores de edad?

Según un reporte emitido por el ICBF, entre 2020 y 2023, se registraron 1.264 casos de niños, niñas y adolescentes que ingresaron al proceso administrativo de restablecimiento de derechos, por motivo de trata de personas con fines de explotación sexual y/o víctimas de violencia sexual.

Con la reciente ola de críticas referentes al caso del ciudadano estadounidense que ingresó en un hotel en Medellín con dos menores de 12 y 13 años, se han disparado las alarmas sobre la explotación sexual infantil en Colombia.

Según un reporte emitido por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), entre 2020 y 2023, se registraron 1.264 casos de niños, niñas y adolescentes que ingresaron al proceso administrativo de restablecimiento de derechos, por motivo de trata de personas con fines de explotación sexual y/o víctimas de violencia sexual.

Este mismo informe arrojó que, Bogotá registró la mayor cantidad de casos con 244, seguido de Antioquia con 172 y Valle del Cauca con 119. De acuerdo con Jimmy Jiménez abogado del bufete Integrity Legal, la mayoría de estos casos se relacionan a violencia de género, es decir, el sexo masculino sobrepone sus condiciones relacionadas al ámbito económico, social y político por sobre las femeninas, y todo aquello semejante o que se le asocie.

“La desigualdad, la pobreza y la falta de oportunidades en los hogares colombianos, han abierto las puertas a que los derechos de los niños, niñas y adolescentes (NNA) se vulneren. En muchas ocasiones, estos, son entregados a figuras con poder económico para solventar las necesidades de sus familias”, afirma Jiménez.

Asimismo, el abogado explica que en estos casos, los menores se encuentran protegidos por el Código de Infancia y Adolescencia, en el artículo 52 y subsiguientes, se explica que estos NNA en condición de explotación, se les deberá realizar un proceso administrativo de verificación y si es el caso restablecimiento de derechos, en donde se verifica cuál es el entorno en el que viven y las condiciones, además, si el menor deberá ser reubicado en medio familiar o en un hogar de acogida.

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Además de esto, existen sanciones legales que incluso podrían llevar a la pena privativa de la libertad, establecidas en el Código Penal, Artículos 208, 209, 210, donde se establecen las penas por delitos sexuales contra menores de edad, que podrían llegar incluso a los 20 años de prisión.

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