El Superintendente del Subsidio Familiar, Luis Guillermo Pérez Casas, se pronunció respecto del informe de la Contraloría General de la República en el que afirma que las cajas de compensación familiar pagaron, en dos años, cuotas monetarias por valor de 10 mil millones de pesos a personas que no tenían derecho, como los pensionados, y aseguró que la Superintendencia ya ha tomado decisiones administrativas por esta razón como la intervención de la Caja de Compensación Familiar de Barrancabermeja -CAFABA-.
Afirmó, también, que es función de la Superintendencia a su cargo preservar la estabilidad, seguridad y confianza del sistema de subsidio familiar y que es responsabilidad de las cajas de compensación familiar verificar el lleno de los requisitos para liquidar y pagar el subsidio monetario.
Así mismo, dice, que para adelantar su labor de inspección, vigilancia y control sobre un aspecto puntual como es la cuota monetaria o subsidio en dinero, la Superintendencia, en sus visitas a las cajas, realiza el cruce de información con las bases de datos de la Registraduría Nacional del Estado Civil y la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes -PILA-.
El Superintendente aseguró que de acuerdo con el Artículo 37 de la Ley 21 de 1982 “Todo trabajador beneficiario tendrá la obligación de avisar a la respectiva Caja directamente o por conducto del empleador, los nacimientos o muertes de personas a cargo, el término de la convivencia, y cualquier otro hecho que determine modificaciones en la cuantía del subsidio, dentro del mes en que cualquiera de dichos eventos ocurra.”
Debido a esto, en ocasiones, las cajas pueden ser víctimas de fraude ya que, en la mayoría de los casos, no hay información de las novedades por parte de los trabajadores a las cajas de compensación en las que se encuentran afiliados.
El Superintendente Pérez Casas afirmó que “somos respetuosos del informe de la Contraloría y verificaremos los hallazgos de los pagos indebidos que informa este ente de control”.
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Finalmente, el Superintendente Luis Guillermo Pérez se refirió a la propuesta de Fedecajas sobre que se expida una norma que obligue a las administradoras de pensiones a compartir las bases de datos de pensionados a las cajas de compensación familiar. Aclaró que el Decreto Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social (Decreto 780 de 2016, Artículo 3.1.9) autoriza al Ministerio de Salud y Protección Social a definir los cruces de información, tanto del Registro único de afiliados al sistema de protección social -RUAF como de éste con otras bases de datos, con el propósito de facilitar el control de la elusión y la evasión, la correcta afiliación al sistema y la focalización de programas sociales, por parte de las entidades competentes.