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La Audiencia Nacional de España reactiva la extradición a Colombia de Carlos Mattos

El auto da vía libre a la extradición “para enjuiciamiento como presunto autor responsable de los delitos de cohecho y daños informáticos de los artículos 407 y 269 D y H 1 y 2 del Código Penal colombiano”, dice textualmente el auto de extradición.

La Audiencia Nacional de España volvió a activar la extradición a Colombia del empresario Carlos Mattos, un año después de que la anulase el Tribunal Constitucional “por no contar determinados escritos de la Fiscalía de aquel país con el necesario refrendo judicial”, informa la Audiencia en una nota.

El auto da vía libre a la extradición “para enjuiciamiento como presunto autor responsable de los delitos de cohecho y daños informáticos de los artículos 407 y 269 D y H 1 y 2 del Código Penal colombiano”, dice textualmente el auto de extradición.

Explica la Audiencia Nacional en el auto que la entrega de Mattos a Colombia está motivada por el presunto soborno a funcionarios de la Administración de Justicia de Bogotá para “direccionar el reparto de una demanda iniciada por la empresa Hyundai Colombia Automotriz SA (de la que era accionista mayoritario) en contra de la compañía coreana Hyundai Motor Company”.

De esta manera se habría conseguido, según la reclamación colombiana, que la demanda hubiera llegado a un juzgado que presuntamente recibió sobornos de Mattos para “decretar una medida cautelar favorable a sus intereses económicos”, argumentan en el juzgado español.

Respecto a una segunda petición de extradición, la Audiencia ya acordó la entrega de Mattos a Colombia con anterioridad.

Esta petición está relacionada con el supuesto pago de 200 millones de pesos (unos 48.000 euros) a una jueza de Bogotá por las medidas cautelares adoptadas favorables a los intereses de la compañía de la que era máximo accionista, Hyundai Colombia Automotriz, y asegurarse de que no cambiaría de postura.

El juzgado español rechazó cada una de las alegaciones de la defensa de Mattos, como que se reproducen los mismos efectos por los que el Tribunal Constitucional otorgó amparo a Mattos y anuló las resoluciones de la Audiencia Nacional que autorizaron su entrega.

Para la sección tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia, que es quien emite el auto, las órdenes de captura y las que las prorrogaron cumplen las exigencias del convenio de extradición “y el canon de motivación reforzada y control judicial sobre la prisión provisional”, que fue lo que motivó la sentencia anterior del Constitucional un año antes.

También desestimó el resto de alegaciones de los abogados de Mattos, porque se cumplen los requisitos del convenio de extradición entre ambos países de doble incriminación y mínimo punitivo; se trata de un delito común; no se advierte motivación espuria y la pena no ha prescrito.

Asimismo, rechaza el argumento del estado de salud, a tenor de los informes forenses, y de la nacionalidad española de Mattos (además de la colombiana) ya que, señala el tribunal, mantuvo su vinculación con Colombia donde desarrolló su actividad profesional “y donde se habrían producido los hechos por los que es investigado”.

No obstante permite que, en caso de ser condenado, Mattos pueda solicitar el cumplimiento de la pena en España. 

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Con información de Sputnik.

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