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Conozca más del Decreto 616 de 2021 que facilita a los estudiantes su ingreso al mercado laboral

Ahora todas las actividades acreditadas que estén relacionadas con la profesión o disciplina académica deberán ser certificadas y tenidas en cuenta como experiencia laboral.

El Gobierno Nacional expidió el Decreto 616 de junio de 2021, puesto en marcha por el Ministerio de Trabajo, que permite romper la brecha de empleabilidad que enfrentan los estudiantes que buscan ingresar al mercado laboral, a quienes les exigían experiencia profesional siendo recién egresados.

Con el Decreto 616 de junio de 2021 se reglamenta la equivalencia de experiencia profesional previa de estudiantes, obtenida a través de programas académicos o formativos cursados, y que estos puedan ser validados en sus procesos de inserción laboral, en el sector privado.

Ahora, con este decreto, todas las actividades acreditadas que estén relacionadas con la profesión o disciplina académica deberán ser certificadas y tenidas en cuenta como experiencia laboral.

La norma reglamenta la experiencia adquirida antes de la terminación y aprobación del pensum, por las prácticas laborales propias de la profesión o disciplina académica, para que sea tenida en cuenta como experiencia profesional. Así se facilita la generación de empleo entre los jóvenes.

De esta manera, según el decreto, las prácticas laborales, pasantías, judicaturas, monitorías, contratos laborales, contratos de prestación de servicios y la participación en grupos de investigación debidamente certificados serán acreditables como experiencia profesional válida, siempre y cuando su contenido se relacione directamente con el programa académico cursado.

Al respecto, el Ministro del Trabajo, Ángel Custodio Cabrera, explicó que esta normativa establece mecanismos que posibilitan “romper con la brecha de empleabilidad que enfrentan los estudiantes que buscan ingresar al mercado laboral”.

Así mismo, la norma señala que, “las actividades formativas de práctica laboral en la relación docencia servicio en el área de la salud, el contrato de aprendizaje establecido en la Ley 789 de 2002 y la judicatura, continuarán siendo reguladas por las disposiciones vigentes sobre las respectivas materias”.

Todos los estudiantes de la oferta formativa posterior a la educación media se benefician con la medida, es decir, técnicos laborales, técnicos profesionales, tecnólogos y universitarios (pregrado y postgrado).

Requisitos

Para beneficiarse, se debe haber realizado actividades mediante prácticas laborales, judicaturas, monitorías, contratos laborales, contratos de prestación de servicios o grupos de investigación sobre temas relacionados directamente con el programa formativo cursado.

El lugar donde realizó la actividad formativa y que se pretende valer como experiencia, debe certificar como mínimo: nombre e identificación de las partes, fecha de inicio, fecha de terminación, actividades adelantadas, horario en el que realizó dichas actividades, modalidad de vinculación o contratación realizada.

La institución educativa a la que se encuentre adscrito el estudiante deberá realizar una verificación de la certificación anterior, para establecer: (1) si la persona que solicita el certificado de equivalencia de experiencia profesional previa era estudiante para la fecha de realización de la actividad objeto de la validación, (2) si las actividades contenidas en la certificación corresponden a temas relacionados directamente con el programa académico o formativo cursado y (3) si el estudiante terminó académicamente o es graduado.

La Institución Educativa deberá emitir una Certificación de experiencia profesional previa, en la cual deberá señalar: nombre e identificación de las partes, fecha de inicio, fecha de terminación, actividades adelantadas, horario en el que realizó dichas actividades, modalidad de vinculación o contratación realizada.

Si el estudiante realizó monitorías, la institución educativa emitirá la Certificación de equivalencia de experiencia profesional previa, en tanto dicha monitoría haya sido realizada sobre temas relacionados directamente con el programa académico o formativo cursado.

En el caso de los grupos de investigación, la autoridad competente para expedir la respectiva certificación será el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación, al igual que las entidades públicas y privadas parte del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, SNCTeI.

En el caso de la investigación aplicada de la formación profesional integral del SENA, la certificación será emitida por esa institución.

ABC del Decreto 616 de Junio 2021

Con la Ley 2039 de 2020 y su reglamentario el Decreto 616 de 2021, se rompe la brecha de empleabilidad que enfrentan los estudiantes que buscan ingresar al mercado laboral, a quienes les exigían experiencia profesional siendo recién egresados. Ahora todas las actividades acreditadas que estén relacionadas con la profesión o disciplina académica deberán ser certificadas y tenidas en cuenta como experiencia laboral.

¿Qué importancia tiene el Decreto 616 de 2021?

La norma reglamenta la experiencia adquirida antes de la terminación y aprobación del pénsum, por las prácticas laborales propias de la profesión o disciplina académica, para que sea tenida en cuenta como experiencia profesional. De esta manera, se aporta y se facilita la generación de empleo entre los jóvenes.

¿Para cuáles actividades aplica la Experiencia Profesional Previa?

Las prácticas laborales, pasantías, judicaturas, monitorias, contratos laborales, contratos de prestación de servicios y la participación en grupos de investigación debidamente certificados serán acreditables como experiencia profesional válida, siempre y cuando su contenido se relacione directamente con el programa académico cursado.

¿Para qué niveles de formación aplica?

Todos los estudiantes de la oferta formativa posterior a la educación media se benefician, es decir, técnicos laborales, técnicos profesionales, tecnólogos y universitarios (pregrado y postgrado).

¿Qué requisitos se deben cumplir?

Haber realizado actividades mediante prácticas laborales, judicaturas, monitorias, contratos laborales, contratos de prestación de servicios o grupos de investigación sobre temas relacionados directamente con el programa formativo cursado.

¿Cómo se debe tramitar el Certificado de Experiencia Profesional Previa?

  • El lugar donde realizó la actividad formativa y que se pretende valer como experiencia, debe certificar como mínimo: nombre e identificación de las partes, fecha de inicio, fecha de terminación, actividades adelantadas, horario en el que realizó dichas actividades, modalidad de vinculación o contratación realizada.
  • La institución educativa a la que se encuentre adscrito el estudiante deberá realizar una verificación de la certificación anterior, para establecer:
    • Si la persona que solicita el certificado de equivalencia de experiencia profesional previa era estudiante para la fecha de realización de la actividad objeto de la validación
    • Si las actividades contenidas en la certificación corresponden a temas relacionados directamente con el programa académico o formativo cursado
    • Si el estudiante terminó académicamente o es graduado.
  • La Institución Educativa deberá emitir una Certificación de experiencia profesional previa, en la cual deberá señalar: nombre e identificación de las partes, fecha de inicio, fecha de terminación, actividades adelantadas, horario en el que realizó dichas actividades, modalidad de vinculación o contratación realizada.
  • Si el estudiante realizó monitorias, la institución educativa emitirá la Certificación de equivalencia de experiencia profesional previa, en tanto dicha monitoría haya sido realizada sobre temas relacionados directamente con el programa académico o formativo cursado.
  • En el caso de los grupos de investigación, la autoridad competente para expedir la respectiva certificación será el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación, al igual que las entidades públicas y privadas parte del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, SNCTeI.
  • En el caso de la investigación aplicada de la formación profesional integral del SENA, la certificación será emitida por esa institución.

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