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Conozca más de la Resolución 777 de 2021 con la cual se regula la reactivación económica en Colombia

[VIDEO] Eliminación de Coronapp para vuelos nacionales, derogación del requisito de prueba PCR para ingreso aéreo al país y posibilidad de aforo en eventos masivos entre las nuevas medidas.

Este miércoles 2 de junio el ministro de Salud, Fernando Ruiz, socializó la Resolución 777 de 2021, expedida por el Ministerio de Salud, con la cual se fijan los criterios y condiciones para la reactivación económica del país, resolución que va ligada al Decreto 580 de 2021 expedido por el Gobierno Nacional en referencia a la apertura progresiva de los sectores económicos del país.

Por medio de esta resolución se especifican las condiciones para la reactivación económica, social y del estado, para permitir la apertura del país con el menor riesgo de transmisión del COVID-19. Incluyendo todas las actividades del funcionamiento socioeconómico de la sociedad, con el sector salud y penitenciario como excepciones.

Asu vez se derogan y anulan todos los protocolos que se habían establecido y se venían desarrollando a través de la Resolución 666 de 2020 y otros actos administrativos que existían para cada sector productivo y social.

Las Secretarías de Salud tanto departamentales como distritales serán las encargadas de verificar su cumplimiento con la colaboración y participación de las autoridades nacionales, departamentales y distritales, empleadores, el sector salud y la comunidad en general.

Estas son las seis condiciones o medidas sanitarias que se deberán cumplir a partir del 1° de junio de 2021:

  1. Uso del tapabocas permanente.
  2. Lavado de manos frecuente, como estrategia para reducir contagio.
  3. Implementación de ventilación abierta o artificial para espacios cerrados.
  4. Protocolos de limpieza y desinfección para infraestructuras.
  5. Manejo de residuos y comunicación del riesgo de contagio.
  6. Autocuidado y toma de decisiones para prevenir contagios.

Además la apertura se distribuye en dos grupos según la ocupación de Unidades de Cuidado Intensivo:

  • Municipios con ocupación UCI mayor al 85%: No podrán tener eventos o aglomeraciones públicas o privadas con aforo de más de 50 personas. No aplica para congresos, centros comerciales y ferias comerciales que apliquen protocolos de bioseguridad, pero no permite apertura de bares, discotecas o sitios de baile.
  • Municipios con ocupación de camas UCI menor al 85%: Se permitirán aforos hasta del 25% para eventos masivos, discotecas, bares y lugares de baile.
    • Si estos municipios demuestran un 70% de vacunación de la Fase 1 del Plan Nacional de Vacunación(Etapas 1,2 y 3), podrán aumentar hasta un 50% el aforo para eventos o lugares públicos.
    • Posteriormente y según el Índice de Resiliencia Epidemiológica podrán aumentar hasta un 75% de aforo. Este índice evalúa la vacunación contra el COVID-19, la seroprevalencia y la tasa de mortalidad, la capacidad instalada de UCI y el número de testeos de COVID-19.

Por su parte, el sector Educativo llegaría a la apertura total el 15 de julio, cuando todos los docentes se encuentren vacunados y completada su segunda dosis.

Para el sector laboral, cuando se finalice la Etapa III del Plan Nacional de Vacunación para personas con comorbilidades, todos deberían regresar a sus lugares de trabajo.

El ministro Ruiz aclaró que la renuencia a la vacunación no es causal para que no se cumpla con las actividades educativas y laborales.

Por otra parte, la eliminación de Coronapp para vuelos nacionales, derogación del requisito de prueba PCR para ingreso aéreo al país y posibilidad de aforo en eventos masivos se encuentran entre las nuevas medidas.

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