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Medidas de Aerocivil que regirán hasta habilitar el transporte terrestre por la Vía Panamericana

Las empresas colombianas de servicios aéreos comerciales de transporte público regular y no regular de pasajeros y carga podrán, a partir de la fecha, efectuar vuelos adicionales, vuelos chárter o series de vuelos hacia y desde cinco aeropuertos del país.