La Superintendencia de Industria y Comercio podrá imponer multas hasta de 100.000 SMLMV por cada infracción al régimen de libre competencia, y a quienes hayan facilitado, colaborado, autorizado, promovido, impulsado, ejecutado y/o tolerado las conductas anticompetitivas, hasta de 2.000 SMLMV por cada infracción.