Al acoger los argumentos de la Procuraduría General de la Nación, la Corte Suprema de Justicia ordenó a la jurisdicción de Justicia y Paz concluir la audiencia pública donde se solicitó afectar con medida de aseguramiento a Salvatore Mancuso y otras nueve personas, por más de 200 hechos perpetrados en Norte de Santander.
Al resolver una apelación instaurada por la Procuraduría Delegada para el Ministerio Público en Asuntos Penales, el alto tribunal señaló que el magistrado que lleva el proceso debe resolver esa solicitud antes de remitir el expediente a la Sala de Conocimiento de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Barranquilla, tal como procedió en su momento.
Para la Corte Suprema, el hecho de que los procesados hayan aceptado cargos por desplazamiento y desaparición forzada, homicidio en persona protegida y violencia de género, en razón de haberse acogido a la figura de la terminación anticipada, no era motivo para no concluir la audiencia y resolver la petición hecha por el fiscal del caso.
Por esa razón, revocó la decisión del magistrado en la que se abstuvo de tramitar esa solicitud, y ordenó continuar y concluir la audiencia pública en la que debe resolver la solicitud de proferir o no medida de aseguramiento contra los postulados.
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Junto con Salvatore Mancuso están vinculados al proceso Albeiro Valderrama Machado, Carlos Augusto Hernández, David García Mancipe, Erlin Arroyo, Francisco Antonio Mosquera Córdoba, Isaías Montes Hernández, Javier de Jesús Salas Quintero, Jorge Iván Laverde Zapata y José Bernardo Lozada Artuz, en su condición de integrantes del Bloque Catatumbo de las Autodefensas Unidas de Colombia -AUC-.
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