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Colombia ganó caso Granahorrar, hermanos Carrizosa pagarán 1.8 millones de dólares

El Tribunal arbitral CPA acogió la principal objeción jurisdiccional presentada por Colombia, y ha desestimado la totalidad de la millonaria demanda de Alberto, Enrique y Felipe Carrizosa Gelzis.

Hoy el Tribunal de la Corte Permanente de Arbitraje de La Haya (CPA) en el caso de Alberto, Felipe y Enrique Carrizosa Gelzis emitió laudo a favor de Colombia.

Después de analizar los requisitos que consagra el Acuerdo de Promoción Comercial entre Colombia y Estados Unidos de América (APC), el Tribunal acogió los argumentos de Colombia y concluyó que la demanda internacional presentada no. Además, el Tribunal decidió que los hermanos Carrizosa, deben pagarle a Colombia 1.8 millones de dólares (6.840 millones de pesos) por concepto de los costos del arbitraje y gastos de representación legal en los que incurrió el Estado.

Los demandantes cuestionaron las medidas regulatorias adoptadas en 1998 por la Superintendencia Bancaria y FOGAFIN, consistentes en ordenar la capitalización de Granahorrar y la consecuente reducción del valor de las acciones. También cuestionaron las decisiones adoptadas por la Corte Constitucional en los años 2011 y 2014 en relación con dichas medidas.

El Tribunal Arbitral acogió los argumentos de defensa de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado y le dio la razón a Colombia con respecto a la objeción presentada sobre la nacionalidad de los demandantes.  En ese sentido, el Tribunal concluyó que la nacionalidad efectiva y dominante de los hermanos Carrizosa no es la de Estados Unidos. En últimas, se trata de una familia de nacionales colombianos demandando a su propio Estado en un foro internacional.  De acuerdo con el Tribunal, los tres hermanos Carrizosa tienen sus vidas y actividades profesionales en Colombia. De hecho, el Tribunal dejó claro que, para las fechas críticas de la controversia, los tres hermanos se encontraban residiendo en Colombia.  Finalmente, el Tribunal determinó que Bogotá es el lugar donde se concentra la vida familiar y social de los tres demandantes.

Con esta decisión se da por terminada la controversia. La naturaleza de la objeción jurisdiccional planteada por Colombia y la decisión favorable del Tribunal significa que las pretensiones de los demandantes no pueden ser escuchadas por otro tribunal.

Por estos mismos hechos, el pasado 19 de abril un tribunal internacional decidió también negar las reclamaciones de Astrida Benita Carrizosa por 40 millones de dólares ($146.600 millones de pesos). Al igual que sus hijos, ella deberá pagar los costos de arbitraje y los gastos de defensa que equivalen a más de 1 millón de dólares (3.800 millones de pesos).

La defensa del Estado colombiano estuvo a cargo de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado y de la firma internacional Arnold & Porter. En este proceso colaboraron además el Banco de la República, la Superintendencia Financiera, FOGAFIN, Migración Colombia y Registraduría Nacional del Estado Civil.

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