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Condenado a 100 meses de prisión José Amiro Morón, exalcalde de La Jagua del Pilar

Al condenado también le fue impuesta la inhabilitación de derechos y funciones públicas por el delito de fraude en inscripción de cédulas en el proceso electoral de 2015. Se le concedió prisión domiciliaria.

El Juzgado Segundo Promiscuo del circuito de Villanueva, La Guajira, emitió el fallo que ordena la captura inmediata del destituido alcalde de La Jagua del Pilar, José Amiro Morón Nuñez, alias ‘El Macho’, como coautor de la conduta punible de Fraude en Inscripción de Cédula en Concurso Homogéneo y Sucesivo en circunstancias de mayor punibilidad, quien deberá cumplir con Cien (100 ) meses de prisión y la inhabilitación de derechos y funciones públicas.

José Amiro Morón Núñez al parecer concertó la cedulación fraudulenta de personas de municipios diferentes como Urumita, Villanueva y Valledupar en el municipio de La Jagua del Pilar, en La Guajira, con el fin de elevar le numero de votantes valiendose de coimas y promesas remuneratorias.

Otoniel Pinto Lago, concejal del municipio de La Jagua del Pilar para el año 2015, fue uno de los primeros denunciantes en el proceso que investigó las irregularidades electorales en torno a la candidatura de José Amiro Morón al presenciar el traslado masivo de personas desde municipios como Valledupar, Urumita y Villanueva con el propósito de inscribirlas como votantes en La Jagua del Pilar.

Ante la gravedad de los hechos, acudió junto con el concejal Wilmar Armenta, al abogado Iván Francisco Martínez, con el fin de formalizar las denuncias y estructurar el caso ante la Fiscalía, quien manifestó que, como consecuencia de su papel activo en la denuncia, fue objeto de amenazas y presiones, e incluso tuvo dificultades para asistir a juicio por el temor que despertaba su participación y también confirmó que su esposa, Olga Lucía Palacio, registradora municipal para ese entonces, había advertido sobre las cedulaciones masivas irregulares.

El Juzgado Segundo Promiscuo del Circuito de Villanueva (La Guajira), administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, resolvió:

  • Declarar la prescripción de la acción penal en favor de José Amiro Morón Núñez identificado por los delitos de Concierto para delinquir, Corrupción al sufragante y Constreñimiento al sufragante.
  • Declarar penalmente responsable a José Amiro Morón Núñez en calidad de coautor de la conduta punible de Fraude en Inscripción de Cédula en Concurso Homogéneo y Sucesivo en circunstancias de mayor punibilidad.
  • Condenar a José Amiro Morón Núñez, por el delito antes referido, a la pena principal de cien (100) meses de prisión.
  • Imponer a José Amiro Morón Núñez, como pena accesoria, la inhabilitación de derechos y funciones públicas por un término igual de la pena principal impuesta.
  • Conceder al condenado José Amiro Morón Núñez el beneficio de la prisión domiciliaria.

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La sentencia quedó notificada a las partes en estrados, contra la cual sólo procede recurso de apelación ante el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Riohacha – Sala de Decisión Penal.

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