Categorías
Economía

Ante aumentos excesivos en los avalúos catastrales usted puede apelar

En muchas ocasiones se evidencian incrementos de más de un 200% del valor habitual, situación que genera grandes perjuicios en la comunidad. El abogado Jimmy Jiménez del bufete Integrity Legal, explica cómo prevenir arbitrariedades.

Ciudadanos del departamento de Cundinamarca y del país, han presentado su inconformidad frente al incremento del avalúo catastral del presente año; algunos expresan que este aumento está por encima de lo que dice la norma y otros manifiestan que se les está haciendo un cobro excesivo debido a que la mayoría de los predios, según ellos, se encuentran en el mismo estado que el año anterior, es decir, sin ninguna modificación.

Recordemos que el Departamento Nacional de Planeación (DNP) aseguró que el incremento de los avalúos catastrales para los predios urbanos no formados y no actualizados en la vigencia 2022, sería del 4,31% y para los predios rurales no formados y no actualizados en la vigencia 2022, del 3%.​

Pero, ¿A qué se debe el incremento exorbitante del avalúo catastral? El abogado Jimmy Jiménez del bufete Integrity Legal, explica que los incrementos en los impuestos deben cumplir ciertas particularidades y estar expresamente regulados para prevenir arbitrariedades.

El porcentaje de incremento del avalúo catastral, es determinado por el Gobierno Nacional, previo concepto del Consejo Nacional de Política Económica y Social (CONPES), y no podrá ser superior a la meta de inflación para el año en que se define el incremento.

También, se deben tener en cuenta que para estos avalúos se realiza una actualización de la información en las cuales se tendrán en cuenta las mejoras del predio, los futuros proyectos económicos de las zonas, entre otras cosas; esta actualización se debe realizar cada cinco años.

Conforme al decreto 2653 del 2022, se toma como base la variación de IPC del año 2022, la cual cerró en un porcentaje de 12,53% y es la que autoriza al Gobierno Nacional a realizar un incremento en el avalúo catastral. No obstante, sí hemos evidenciado casos en donde el incremento es exorbitante e injustificado y se deben tomar acciones jurídicas.

¿Qué puedo hacer, jurídicamente, si estoy inconforme con el aumento del avalúo de mi predio?

Al ser el avalúo un acto administrativo tributario, se puede recurrir, es decir, apelar mediante recurso de reconsideración, esto conforme al artículo 720 del Estatuto Tributario; a partir de la expedición del avalúo tendrá cuatro meses para recurrir a este acto.

Lea también: En mayo la inflación en Colombia continuó desacelerándose en términos anuales

Al interponer este recurso, recomendamos que se asesore de un abogado especialista para que la acción sea adecuada y manejada a tiempo, ya que el retraso, al momento de tomar acción, podría generar mayores costos por concepto de honorarios, e incluso menos opciones procesales.

Le puede interesar: Lo mejor del calzado de Brasil llegó a Bogotá para surtir a empresarios y comerciantes colombianos [FOTOS+AUDIOS]

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *